Sueldos de hasta 30 mil pesos no pagarán Impuesto a las Ganancias en el aguinaldo

El Gobierno publicó el decreto. Por ley, las empresas tienen tiempo para liquidar el SAC hasta este viernes. «La política asumida consiste en dictar medidas tendientes a dotar de progresividad al gravamen», adelantaron.

Finalmente el Poder Ejecutivo cumplió con lo que había prometido luego de ganar las elecciones del 22 de noviembre. Los trabajadores que tienen salarios brutos de hasta $30 mil no sufrirán descuentos del Impuesto a las Ganancias en el medio aguinaldo de diciembre.

La medida beneficia a un pequeño grupo de trabajadores. Es que de acuerdo a las leyes vigentes, hoy están alcanzados por el tributo los asalariados que en agosto de 2013 ganaban más de 15 mil pesos. Si a ese piso se le suman los aumentos por paritarias, se calcula que el decreto publicado este viernes en el Boletín Oficial le otorgará un respiro a cerca de 200 mil personas.

El decreto 152/2015, firmado por Mauricio Macri, Marcos Peña y Alfonso Prat-Gay, argumenta que el Poder Ejecutivo adoptó la iniciativa con el objetivo de «aliviar la carga tributaria de aquellos trabajadores en relación de dependencia y jubilados con menor nivel de ingresos». Además dice que «la política asumida por parte del Poder Ejecutivo consiste en dictar medidas tendientes a dotar de progresividad al gravamen».

Según declaraciones de funcionarios, el Gobierno impulsará en el Congreso un nuevo régimen de Ganancias, con un mínimo imponible de $30.000 y escalas actualizadas de acuerdo al nivel de inflación de los últimos años. Ese debate se dará recién a partir de marzo, con el inicio de las sesiones ordinarias.

De acuerdo a una ley que comenzó a regir este año, las empresas están obligadas a liquidar las dos cuotas del Salario Anual Complementario antes del 30 de junio y del 18 de diciembre. Las compañías que ya hayan depositado el medio aguinaldo de diciembre sin el beneficio oficializado hoy, deberán hacer los ajustes correspondientes en los próximos días.

A la par, los trabajadores tienen tiempo hasta el 31 de enero para declarar ciertos gastos en el formulario F572 de la AFIP con el objetivo de aliviar la carga del impuesto. Ese trámite se utiliza, por ejemplo, para descargar el recargo de 35% que se cobraba hasta el 16 de diciembre en las operaciones con moneda extranjera.

(Infobae)