La AFIP elevó un 50% el piso para declarar bienes

Es para asalariados y jubilados que tributan el gravamen en la denominada cuarta categoría.

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) elevó a $1,5 millones el piso por el cual los trabajadores en relación de dependencia o jubilados que pagan Impuesto a las Ganancias tienen que presentar a su vez una declaración jurada informativa sobre sus bienes.

La medida fue adoptada por el organismo mediante la Resolución General 4493 que se publicó en el Boletín Oficial. La obligación de informar para quienes tienen ingresos por arriba de ese monto se debe a que de algún modo el fisco quiere saber si sus haberes anuales están en linea con la cantidad de bienes que declara.

Al respecto el tributarista Sebastián Domínguez que el organismo que conduce Leandro Cuccioli “reconoce que el monto de $1 millón que se aplicaba en 2017 está desactualizado y lo aumenta en línea con la inflación, que estuvo en 47%”.

“Es positivo porque el que ganó $1,5 millones en 2018 equivale al millón de 2017. Si ganó menos que eso, es lógico que en 2017 no haya presentado y que tampoco lo haga por 2018”, indicó Domínguez, quien además consideró “importante que además es retroactiva, porque si no fuera así se aplicaría desde 2019”.

Por otro lado, consideró “importante recordar que son informativas para empleados o jubilados que no estén obligados a presentar declaraciones juradas determinativas”, es decir, cuando la información brindada al organismo por la persona es la que establece el monto del impuesto a pagar. Las de este caso son sólo informativas.

Obligaciones
Pero el tributarista señaló que “sí están obligados a presentar la declaración jurada determinativa, porque tienen bienes en una cantidad suficiente como para pagar el impuesto a los Bienes Personales, los empleados o jubilados más allá que no hayan ganado menos que el piso”.

En ese caso, dijo “podrán optar por hacer la presentación simplificada, en la medida en que también hayan tenido ingresos por rendimientos de títulos públicos, acciones, intereses, fondos comunes de inversión, o hasta venta de inmuebles o derechos sobre los mismos”.

Quienes tengan que presentar la declaración, deberán hacerlo mediante el servicio “Ganancias Personas Humanas – Portal Integrado”. En el caso de Bienes Personales, “Bienes Personales Web”. Los empleados en relación de dependencia deberán presentar el formulario 572 Web aún cuando no hubieran tenido ingresos, deducciones o nuevas cargas de familia a informar. (Ámbito)