Piden la nulidad del juicio a la banda de Los Monos

Las defensas alegaron que la «no presencia física» de los imputados en las audiencias es violatoria de la garantía del derecho de defensa. En tanto, Chamorro sufrió convulsiones, los imputados se quejaron y Guille Cantero se retiró descompuesto.

Este viernes, el Tribunal Federal N° 3 volvió a convertirse en el controvertido escenario del juicio por narcotráfico que involucra a dos de los considerados líderes de la banda Los Monos, sus esposas y otra treintena de personas relacionados directa o indirectamente con el clan de La Granada.

En una jornada mucho más tranquila, mediáticamente hablando, que la del inicio del proceso, lo verdaderamente “jugoso” estuvo puertas adentro, cuando comenzaron los planteos de nulidades de las defensas y cuando, en medio de ellos, ocurrió un confuso episodio en Ezeiza, desde donde presencian el juicio 22 imputados detenidos y que, a duras penas, llegó a verse en la pantalla en la que se transmite la videoconferencia. Aparentemente, algunos de los imputados querían comunicarse con sus abogados, y ante la falta de respuesta de los empleados del Servicio Penitenciario, se pararon bruscamente y manifestaron su enojo. Sumado a eso, Emanuel Chamorro habría sufrido una convulsión y por esa razón desde la pantalla se lo veía tirado en el piso. Como corolario, ya entrada la tarde, “Guille” Cantero pidió retirarse de la audiencia, manifestando sentirse descompuesto. Dijo que no habían comido nada en todo el día y que no se sentía bien. El juez Ricardo Vázquez accedió a ello bajo la advertencia de que debe estar presente en la próxima audiencia a fin del trámite de identificación y lectura de derechos.

Planteos de las defensas

Básicamente los planteos de las defensas, que comenzaron como nulidades pero terminaron convirtiéndose en revocatorias al Tribunal, estuvieron centrados en la decisión de llevar adelante el juicio con la metodología de la videoconferencia.

El primero en referirse a esta cuestión fue Jorge Ewards, a cargo de la defensa técnica de Maximo Ariel Cantero, el “Guille”. El letrado hizo dos planteos de “nulidad absoluta”. Uno por la ausencia física del imputado y el otro por la ausencia de un funcionario judicial en la sala del penal de Ezeiza en el que los imputados presencian las audiencias.

En referencia a la ausencias de los imputados en la sala de audiencias, Edwards señaló que es violatoria del “principio de inmediación y comunicación entre el imputado con su defensor y va contra el derecho de defensa consagrado en la constitución”. El defensor señaló que el Código Procesal Penal es categórico en ese sentido, y que no hay ninguna disposición procesal que disponga o permita la presencia virtual.

Edwards, remarcó la importancia del principio de inmediación ya que implica el contacto directo que tiene que tener el defensor con su defendido. Ese contacto directo también tiene que ver “con el juez y el Tribunal y con el medio de prueba a través del testigo o del perito”. Eso no solo comprende al tribunal sino que también comprende al imputado y su defensor.

“El imputado no puede estar en la sala de audiencias a fines de poder apreciar el aspecto vivencial del contacto con peritos y testigos”, especificó el letrado. Pero además, enfatizó la falta de “la posibilidad del contacto directo y fluido entre imputado y defensor, que suele darse en estos casos, cuando el defendido sugiere algún tipo de preguntas en el devenir de una declaración o del informe de un perito”. Edwards señaló que por más que se haya instrumentado un sistema de comunicación a través de un teléfono no es lo mismo, porque cada vez que el acusado quiera hablar no podrá hacerlo, y además, hay que tener en cuenta que hay 22 imputados lo que complicaría la agilidad y la dinámica de la audiencia porque habría que interrumpir la actividad en la sala y deberá interrumpirse el proceso con todas las complicaciones que ello implica”.

El segundo planteo de nulidad absoluta hecho llegó por fue la “falta de un funcionario judicial dentro del recinto en Ezeiza donde se realiza la videoconferencia”. “Dicho funcionario garantizaría la regularidad del acto velaría por el cumplimiento de los principios fundamentales del proceso. Debe ser un funcionario judicial para que pueda dar fe y ser contralor de los actos que ocurren en su presencia”.

Así, concluyó Edwards, se provoca “un perjuicio a nuestro defendido que se ve impedido de poder ejercer su defensa en toda su plenitud”.

Por su parte, Fausto Yrure, a cargo de la defensa de Emanuel Chamorro y otros 16 imputados, adhirió a todo lo planteado por su colega, añadiendo que “se encuentra comprometida la garantía del derecho de defensa en juicio” de todos sus defendidos particularmente de Chamorro y Cantero, de quien comparte la representación,

Yrure denunció que en este caso concreto, “la necesidad de presencia de un funcionario judicial “adquiere mayor relieve como consecuencia del constante hostigamiento que está sufriendo nuestro defendido (Cantero) en ese penal”

El defensor relató que en principio, el “Guille” había sido puesto en resguardo, en Ezeiza. “En su momento se pidió que cesara y se emitió una orden judicial por el Tribunal que no fue cumplida en forma inmediata y tuvimos que presentar un habeas corpus”. Además, Yrure denunció que permanentemente hay un agente penitenciario que sigue al Guille y lo filma “en todo momento”. “Eso es algo que pudimos comprobar nosotros cuando fuimos a entrevistarnos con él y también fuimos filmados, lo cual es violatorio de la entrevista libre y privada que tiene que tener el abogado con su defensor”.

Por útlimo, manifestó que otro problema que surge de la comunicación, es que los imputados manifestaron que “cada vez que hablan por teléfono con sus defensores tienen un oficial penitenciario al lado”, violando así la necesaria privacidad entre defensor y defendido.

Lío en Ezeiza

Fue en medio de este debate cuando se suscitó un incidente que acaparó la atención de todo los presentes. En la pantalla donde se emite la videoconferencia pudo observarse algún tipo de conflicto aunque no estaba claro el alcance del mismo. Aparentemente involucraba a Jorge Emanuel Chamorro y Máximo Ariel Cantero.

Luego del cuarto intermedio impuesto para aclarar lo ocurrido, se conoció que “Ema” Chamorro había sufrido convulsiones, ya que sufre epilepsia. “Los imputados son llevados sin desayunar y entonces sólo recibe la medicación al mediodía”, explicó el defensor.

En tanto el alcalde del penal de Ezeiza, también por videoconferencia, explicó que el otro problema surgió porque los detenidos querían hablar con sus defensores y comenzaron a quejarse y a manifestar su disconformidad.

En respuesta a todo ello, juez Ricardo Vázquez aclaró que “no va a aceptar conductas que alteren el orden de la audiencia”, ni en la sala ni en Ezeiza. “Todos pueden comunicarse con sus letrados defensores, siempre y cuando no interrumpan la audiencia ni afecten el normal desarrollo. Especialmente, para los que están en Ezeiza, indicó, se lo comunican al responsable de la sala, quien lo transmitirá al Tribunal y cuando el desarrollo de la audiencia lo permita les dará la posibilidad”.

Por su parte, Yrure volvió a la carga y señaló que lo que no se dijo en el relato del Alcalde, es que antes de que se suscitara el inconveniente ya hacía 15 o 20 minutos que habían solicitado hablar con sus defensores y no les habían llevado el apunte. “Esto no hace más que reforzar los planteos que estamos haciendo, que es que este tipo de audiencia afecta el derecho de la defensa y la libre comunicación con su abogado”.

La mayoría de los defensores adhirieron al pedido de nulidad por las condiciones en que se estaba desarrollando el proceso e insitieron que la comunicación se hace a través de un único teléfono que es de la Policía Federal y que “el hecho de que cada vez que los imputados piden hablar con los defensores pasan 30 o 40 minutos, y la falta de un funcionario judicial que certifique esta situación termina perjudicando a la defensa”. Además, todos los defensores pidieron la revocatoria del Tribunal en pleno.

En respuesta a todo ello, el fiscal federal Federico Reynares Solari respondió que “el sistema funciona bien y es apto para llevar adelante el proceso y que este tipo de planteos reiterados sobre cuestiones meramente coyunturales apuntan a la no realización del juicio.

Reynares Solari señaló que “las comunicaciones existieron y se pudo saber todo lo que estaba sucediendo”. Y criticó el pedido de las defensas de un funcionario judicial en Ezeiza es algo más bien propio de los sistemas inquisitivos. “No es necesario que un funcionario judicial tenga que dar fe de que la comunicación se realizó”.

Con este escenario planteado, la audiencia pasó a cuarto intermedio hasta el lunes, cuando el Tribunal deberá resolver sobre el pedido de nulidad. (Conclusión)