Revés judicial para Grido: no podrá abrir nuevas sucursales

Un nuevo capítulo en la guerra fría de los helados. Aunque la semana pasada un juez civil y comercial dio lugar a un recurso de amparo de franquiciados de la cadena Grido y le ordenó al municipio dejar sin efecto una ordenanza que impone límites a las boca de expendio y habilitar dos comercios más de esa firma, ahora la Cámara en lo Contencioso Administrativo del Poder Judicial rechazó una medida cautelar similar a Helacor SA, la empresa cordobesa productora de esas cremas heladas.

La firma había presentado una medida cautelar a través de la cual cuestionó el límite al número de sucursales. Pedía declarar la inconstitucionalidad de la ordenanza porque la Municipalidad no tenía competencia para limitar la actividad comercial, pero la Cámara no concedió la cautelar.

El 29 de septiembre pasado el Concejo Municipal aprobó la ordenanza 8.664 que impuso un tope de 19 locales por cada marca del rubro y eso frenó la apertura de varios locales de la cadena Grido.

La semana pasada el juez civil y comercial Nº 9, Marcelo Bergia, dijo que una norma «no puede ser aplicada retroactivamente» y centró el debate en «la carencia de estudios técnicos necesarios para establecer medidas adecuadas». Asimismo, hizo lugar a los amparos y ordenó al municipio habilitar dos heladerías más de la cadena.

Sin embargo, esta semana se conoció un dictamen judicial totalmente diferente. La Cámara en lo Contencioso Administrativo, integrada por los jueces Marcelo López Marull, Clara Rescia de la Horra, Alejandro Andrada y María Victoria Casiello, negó el recurso contencioso contra el Ejecutivo local presentado por Helacor SA, para que se declare la ilegitimidad e inconstitucionalidad de la ordenanza 8.664. (p.biz)