A 25 años de la histórica sentencia a las juntas militares

El 9 de diciembre de 1985 la Justicia civil condenó a algunos integrantes de las juntas militares que comandaron la más sangrienta dictadura que vivió la Argentina y se conocía así el horror por el que pasaron miles de argentinos que por pensar distinto fueron sometidos a vejaciones y violaciones a los derechos humanos en centros clandestinos de detención.

Sin embargo, estas sentencias sólo se cumplieron por 5 años, porque en diciembre de 1990 el entonces presidente Carlos Menem firmó los indultos de los represores.

A pesar de ello, algunos de los dictadores, como Jorge Rafael Videla, son hoy juzgados por delitos de lesa humanidad y la apropiación de menores debido a que a partir de 2006 la Justicia comenzó a declarar inconstitucionales esos indultos.

El juicio a las juntas, el primer proceso masivo en contra de comandantes militares por el asesinato masivo de personas desde los juicios de Nuremberg tras la Segunda Guerra Mundial, se inicio en abril de 1985 por orden del presidente Raúl Alfonsín, quien por esas cosas de la historia luego promovería el perdón de aquellos que habían cumplido órdenes con la ley de Obediencia Debida e impedía seguir adelante con los juicios a través del Punto Final.

El 15 de diciembre de 1983, cinco días después de asumir, Alfonsín ordenó enjuiciar a las tres juntas militares que dirigieron el país tras el golpe militar del 24 de marzo de 1976.

El mismo día creó la Comisión Nacional sobre la Desaparición de Personas (Conadep) para relevar, documentar y registrar casos y pruebas de violaciones de derechos humanos y dar así fundamentos al juicio a las juntas militares.

De los testimonios surgió la realidad más cruel de lo que había ocurrido en los años de la dictadura: violaciones masivas de los derechos humanos obedeciendo a un plan decidido en los niveles más altos del gobierno.

Tras nueve meses de trabajo, la comisión elaboró un informe llamado Nunca Más, donde se registraron cerca de 9 mil casos concretos de violaciones de derechos humanos.

En abril de 1985 los integrantes de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional Federal de Capital Federal, integrada por Jorge Torlasco, Ricardo Gil Lavedra, León Arslanián, Jorge Valerga Araoz, Guillermo Ledesma y Andrés DíAlessio, comenzaron a escuchar los más siniestros testimonios de las víctimas que sobrevivieron a la represión.

El fiscal fue Julio César Strassera con quien colaboró el fiscal adjunto, Luis Moreno Ocampo, hoy fiscal jefe de la Corte Penal Internacional con sede en La Haya, cuya labor es seguir los reportes de crímenes contra la humanidad y perseguir y acusar ante la Corte a los responsables de estos hechos.

Debido a que la cantidad de delitos sobre los que existían constancias superaban los diez mil, la Fiscalía decidió recurrir a un mecanismo utilizado por el Consejo Europeo de Derechos Humanos, sobre la base de casos paradigmáticos, y presentó 709 casos, de los cuales el Tribunal examinó 280.

Entre el 22 de abril y el 14 de agosto de 1985 se realizó la audiencia pública en la que declararon 833 personas, quienes relataron las atrocidades que padecieron ellas y otros en los distintos centros clandestinos de detención que funcionaron en la Argentina como una “remake” de los campos de concentración nazis.

Entre el 11 y el 18 de setiembre de 1985, Strassera realizó el alegato que consideró que la responsabilidad por cada delito debía ser compartida por los miembros de cada junta a la que se le había probado participación.

El tribunal no aceptó este criterio al sostener que las responsabilidades debían ser asignadas por cada fuerza armada, lo que produjo una considerable reducción de las penas para los miembros de la Fuerza Aérea.

Entre el 30 de setiembre y el 21 de octubre se realizaron las defensas de los represores, quienes, como siguen insistiendo hoy, sostuvieron que se había tratado de una guerra y que los actos debían ser considerados como circunstancias inevitables de toda guerra.

Finalmente, el 9 de diciembre se dictó la sentencia condenando a Jorge Rafael Videla y Emilio Eduardo Massera a reclusión perpetua, a Roberto Eduardo Viola a 17 años de prisión, a Armando Lambruschini a 8 años de prisión y a Orlando Ramón Agosti a 4 años de prisión.

Los acusados Omar Graffigna, Leopoldo Galtieri, Jorge Isaac Anaya y Basilio Lami Dozo no fueron condenados por no haberse podido probar los delitos que se les imputaban.

Cinco años y veinte días después, el 29 de diciembre de 1990, Menem decretó el indulto a los ex miembros de las juntas militares condenados en 1985.

Sin embargo, tras la decisión del presidente Néstor Kirchner de derogar las leyes de Obediencia Debida y Punto Final, el 26 setiembre de 2006 el juez federal Norberto Oyarbide declaró la inconstitucionalidad del decreto que indultó a los miembros de las juntas para procesar a Jorge Rafael Videla en el caso del secuestro de los empresarios Gutheim.

Pocos días después, el 19 de setiembre de 2006, el máximo tribunal penal de la Argentina, la Cámara de Casación Penal, declaró la inconstitucionalidad del indulto concedido al general Santiago Omar Riveros, criterio confirmado por la Corte Suprema de Justicia de la Nación en 2007.

Fue el fallecido ex presidente Kirchner quien puso especial énfasis en la defensa de los derechos humanos, que se tradujo en la derogación de las leyes de Punto Final y Obediencia Debida y los indultos que hasta ese momento garantizaban la impunidad de todos los represores, no sólo los de las juntas. Fue así que se avanzó en los juicios a los represores y se transformó la Escuela de Mecánica de la Armada (ESMA), que funcionó como campo de concentración y exterminio durante la dictadura, en un Espacio de la Memoria. Uno de los símbolos de esa política fue cuando el ex presidente ordenó quitar del Colegio Militar los cuadros de los dictadores Videla y Reynaldo Bignone, último presidente de la dictadura.

Hoy, hay 783 procesados en todo el país por haber cometido delitos considerados de lesa humanidad, según datos de la Unidad Fiscal de Coordinación y Seguimiento de las Causas por Violaciones a los Derechos Humanos. (UNO Mza)