Una Reforma Impositiva que avanza, pero deja sabor a poco

La Cámara de Diputados de la provincia aprobó la Reforma Impositiva propuesta por el Gobierno de Omar Perotti. Lo principal de la misma tiene que ver con la suba de los impuestos inmobiliarios (urbano y rural), los ingresos brutos a cerealeas y bancos, además de un aumento de la Patente y del Impuesto sobre Sellos. Desde el Gobierno calculan que mediante esta reforma se podrán recaudar $20 mil millones extra.

Los Bancos

La intermediación financiera pasará a pagar una alícuota única del 7%, excepto el Banco Municipal de Rosario y los bancos de raíz cooperativos que seguirán con el 5,5%. En 2019 había tres alícuotas 4,55%, 5,50% y 7%.

Inmobiliario Rural

Se propone un 10% de aumento para los Rangos 1 a 2, inclusive (abarca a muy pocos campos, la mayoría de entre 5 y 10 hectáreas, o de poca productividad) y para el resto de los rangos (del 3 al 11) un 40% de aumento.

Por un lado, los aumentos de 40% abarcan a casi todos, perdiendo progresividad, mientras que en las reformas anteriores eran escalonados cada 2 rangos. Por otro, queda por debajo de la inflación y es menor el aumento al de 2017 que llegó a máximos de 55%.

En propuestas pensadas para otras provincias, como por ejemplo Buenos Aires, hay 5 niveles o categorías de aumentos en el Inmobiliario Rural, e incluso se agrega una diferenciación de grandes propietarios de 2000 hectáreas en adelante.

Es regresivo que pague el mismo porcentaje el rango 3 que son los campos con valuaciones de hasta $66.000, que el rango 11, valuaciones desde $1.870.000,01 en adelante.

El Impuesto a Grandes Propietarios Rurales

En el nuevo proyecto no se hace ninguna mención ni modificación al Adicional a Grandes Propietarios Rurales (artículo 159 del Código Fiscal) que se cobra desde principios de la década y alcanza a los propietarios de inmuebles de más de 300 hectáreas en forma individual o conjunta con un incremento de 40% del impuesto para inmuebles que superen el valor fiscal de $ 836.000, y con un incremento del 80% para los que superen el valor fiscal de $ 1.870.000 como en 2019.

Falta saber, porque no se especifica en la modificación, si el tope del 65% acordado con los senadores para el inmobiliario incluye este ítem de GPR, o es aparte.

En cualquier caso, el tope termina beneficiando a los grandes propietarios que sin el mismo pagarían más de ese porcentaje, y con el porcentaje terminan igualando a los medianos propietarios con los grandes terratenientes.

Ingresos Brutos para las cerealeras

La nueva Ley Tributaria agrega el 2% para la actividad industrial de transformación de cereales y oleaginosas que no estaba en la Ley anterior y permitía que solo tributen un 0,25%. El Frente Progresista intento subirlo a un 1% este año, pero la iniciativa no prosperó por la oposición de los senadores del PJ que ahora acordaron el nuevo tributo de 2%.

En mismo día que se discutía la Ley, las cámaras que agrupan a las agroexportadoras (CIARA-CEC) anunciaban un ingreso de “divisas record” mayor a lo recaudado en los últimos 17 años.

Una primera aclaración es que este tributo se cobra a los ingresos generados por el procesamiento interno de cereales y oleaginosas y no a lo generado por su exportación.

Si bien la característica del polo agroexportador santafesino es el de ser en su mayoría puertos/fábricas, no todas las empresas que exportan cereales y oleaginosas los procesan. Por ejemplo, ADM que en 2018 exportó el 11% de la producción agrícola del país con más de 7 millones de toneladas de granos, no paga ingresos brutos por esas ventas porque son sin procesar. Cargill, Bunge y COFCO (las primeras en el ranking agroexportador argentino), enviaron en 2018 al exterior más granos que subproductos (harina, aceite y biodiesel)

La Ley mantiene el 1,5% para cooperativas tranformadoras de cereales y oleaginosas y actualiza el piso del monto de facturación anual de 64 a 80 millones. También actualiza la excepción para las cerealeras y aceiteras que facturen menos de 80 millones (antes era hasta 64) y advierte que quedan excluidos del beneficio de la estabilidad fiscal (Ley pare micro pymes y pymes que impide aumentarle los impuestos por todo el 2020) de la ley Nº 13.749 y ley Nº 13.750 la actividad industrial de transformación de cereales y oleaginosas.

La Reforma Impositiva impulsada por el Gobierno de Omar Perotti reconoce que esos son los sectores que más han ganado y propone el aumento de algunas alícuotas, lo que constituye un avance en el debate de quienes son los que más deben que aportar para el desarrollo provincial.

Sin embargo, también deja al descubierto lo poco que estos sectores aportan en comparación con lo que facturan y con lo que la provincia (con sus obras, el trabajo de su gente y su infraestructura) les aporta.

Habrá que seguir de cerca su aplicación, pensando en mecanismos que profundicen la redistribución de la riqueza concentrada en los mencionados sectores.

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Germán Mangione

Periodista. Investigador