El dueño del bar «La Rosa» no tendrá condena efectiva

Juan Carlos Enrique Cabrera, más conocido como Indio Blanco, fue condenado en abril pasado junto a su ex mujer y una encargada del hotel lindero con el célebre bar La Rosa, por explotación económica y facilitamiento de la prostitución de mujeres mayores de edad

La sanción para Cabrera se fijó en 4 años y medio, lo que se redujo en 6 meses para las dos mujeres: esto implicaba una condena efectiva que este martes revisó la Cámara Penal. En la audiencia tanto la fiscal de Cámaras como la defensora oficial de los imputados presentaron un acuerdo. Para la Justicia no cabe dudas que el delito se configuró pero, a los fines de la pena, la prisión –según esta interpretación– implicaría una sanción netamente punitiva “sin tener en cuenta el fin resocializador”. Los jueces evaluaron que Cabrera ya no desarrolla una actividad al margen de la ley: ahora tiene un negocio gastronómico con su ex. A la vez, tomaron en cuenta que la investigación se inició previo a la reforma de la ley que fijó el delito por el que fueron condenados y los allanamientos al bar y el hotel se produjeron después de su sanción, aunque la actividad se venía realizando desde hacía años. Así, entendieron desproporcionado e injusto aplicarles una pena efectiva, tras cinco años de proceso. Propusieron una perforación del piso que fija la escala penal (una excepción a la regla) y echaron mano al máximo de la pena de la ley anterior, que es de tres años. Para la encargada pidieron la absolución. El acuerdo fue admitido por los camaristas, con dos votos a favor y una abstención.

La Rosa fue una marca registrada en la ciudad, una de las whiskerías más conocidas. Su última dirección estuvo en pleno barrio Pichincha. Indio Blanco era el corazón del lugar, su dueño. Su ex mujer era la encargada. En el local ofrecía shows eróticos, copas y servicios sexuales. Los últimos se consumaban en el hotel que estaba sobre el bar, con un ingreso lindero, donde una de las acusadas, la Gringa, se encargaba de cobrar los pases a los clientes antes de consumar el servicio.

Muchas de las mujeres que trabajaban en el lugar empezaban como coperas o bailarinas, pero el dinero que ganaban era mayor con la prostitución. Todas coincidieron en que les pedían corroborar la edad para chequear que fueran mayores. En la investigación se determinó que el 50 por ciento de los pases y las copas quedaban para Cabrera y el otro 50 por ciento para las trabajadoras.

El hotel estaba habilitado a nombre de la ex de Cabrera, María Alejandra Otta, y las testigos la sindicaron como la encargada, quien organizaba el lugar y contrataba a las trabajadoras. Cabrera fue condenado por el juez de Sentencia Edgardo Fertitta a la pena de 4 años y 6 meses de cárcel. Mientras las mujeres recibieron una condena de 4 años, el mínimo de la escala penal para el delito. La otra acusada, la Gringa, también era empleada del hotel pero tenía una tarea puntual. Estaba en la recepción del hotel, cobraba los pases y llevaba el control de los servicios sexuales que prestaban las mujeres.

La decisión fue apelada y el caso quedó en manos de los camaristas Georgina Depetris (en la presidencia), Guillermo Llaudet y Carina Lurati. Este martes tuvo lugar la audiencia de revisión y la defensora oficial Florencia Chaumet y la fiscal de Cámaras María Eugenia Iribarren presentaron un acuerdo.

Las funcionarias explicaron que, teniendo en cuenta la finalidad de la pena, someter a una persona al cumplimiento efectivo de esa sanción resulta desproporcional, ya que sólo tendría “un fin punitivo y no resocializador”.

En el caso de Cabrera no reincidió en el delito y, si bien no caben dudas de que el ilícito se configuró, explicaron que la investigación se inició en agosto de 2012, es decir antes de la reforma a una ley antiquísima que fijaba multas por explotación de la prostitución y, en caso de reincidencia, se aplicaba la pena máxima que era de 3 años de prisión. En diciembre de ese año cambió la legislación. Se agregó el delito de facilitamiento de la prostitución y se elevó la escala penal a un mínimo de 4 años y un máximo de 6.

Fiscalía y defensa evaluaron todas estas cuestiones y concluyeron que la aplicación de una pena de cumplimento efectivo, a cinco años del inicio del proceso, cuando no hubo ningún incumplimiento durante su tramitación del proceso ni la comisión de nuevos delitos, resulta “injusto y desproporcionado”. Por lo que propusieron perforar el mínimo legal de la ley –una cuestión excepcional– y tomar la escala de la antigua ley. Propusieron que Cabrera y Otta cumplan una condena condicional de 3 años y solicitaron la absolución de la Gringa.

Los camaristas dieron su parecer. Si bien Lurati no tuvo objeciones al acuerdo, hizo algunas referencias en cuanto a la perforación de la escala penal, con lo que no estaba de acuerdo, aunque finalmente se abstuvo, porque el resto de sus colegas votó a favor de la presentación. Depetris y Chaumet coincidieron que “la aplicación de una pena efectiva en estas instancias sería una pena inhumana, degradante, que atenta contra los principios constitucionales” y admitieron el acuerdo que evitó la cárcel para el trío. (El Ciudadano)