«La Ley de Medios está plenamente vigente y no puede haber ninguna duda sobre eso»

El titular de la Corte Suprema de Justicia reiteró que «no hay dudas» de que la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual está en vigencia en la actualidad, pese a los litigios particulares que se están tramitando ante los tribunales inferiores y que en un futuro podrían llegar a la órbita del máximo tribunal para que decida.

El titular de la Corte Suprema de Justicia, Ricardo Lorenzetti, reiteró hoy que la Ley de de Servicios de Comunicación Audiovisual «está plenamente vigente y no puede haber ninguna duda sobre eso».

«Lo que hay es un litigio particular que se está tramitando en el Poder Judicial, pero la ley está plenamente vigente», aseguró Lorenzetti ante la prensa, antes de inaugurar la muestra fotográfica «Centros Clandestinos de Detención Hoy» del Centro de Información Judicial que se expone en el Colegio Nacional Buenos Aires.

Ante una consulta sobre la vigencia de la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual, el titular de la Corte Suprema de Justicia reiteró que «la Ley de Medios está plenamente vigente y no pude haber ninguna duda sobre eso».

En ese sentido, Lorenzetti sostuvo que «la única cuestión es si hay litigio de un afectado sobre un artículo. Pero eso pasa con muchas leyes y no por eso puede decirse que la ley no está vigente, ni puede haber dudas».

Un poco de historia

La Ley de Servicios de Comunicación Auidovisual -conocida como Ley de Medios- fue sancionada en el Congreso de la Nación a mediados de 2009, a instancias de un proyecto que había girado la presidente Cristina Kirchner. Ese mismo mes la ley fue promulgada por la jefa de Estado.

Ya con la norma en vigencia, distintos medios de comunicación interpusieron medidas cautelares contra algunos artículos particulares.

Las cautelares son resoluciones judiciales que, sin adelantar el resultado de un juicio, buscan hacer efectivo un derecho que eventualmente será reconocido en una sentencia. Los requisitos para su concesión son el peligro en la demora y la verosimilitud en el derecho.

Sin embargo, sus efectos no son erga omnes -de alcance general-, como lo son los de una ley. Es decir, en el caso de la Ley de Medios las medidas cautelares sólo pueden evitar la aplicación de un artículo cuestionado por una empresa determinada cuando existiese una orden de un juez en ese sentido. Para el resto de las empresas que no se hubiesen presentado ante la Justicia, el texto está vigente porque así lo determinó el Congreso de la Nación.

La utilización de esta herramienta ha sido criticada públicamente por la Presidente -ha llegado a hablar de la justicia cautelar- y de los propios integrantes de la Corte Suprema. Tiempo atrás, Lorenzetti había declarado que las cautelares no podían ser enternas y, en caso de ser necesario, el máximo tribunal iba a intervenir para limitar su duración.

Desde la promulgación de la ley hasta ahora fueron «cayendo» las mayorías de las medidas interpuestas por los medios. Una de las que queda vigente ataca la legalidad del artículo 161, también conocido como desinversión. Según argumentaron los impulsores de la norma, dicho artículo busca evitar que existan medios monopólicos o con una posición «dominante» en el mercado.

El texto es el siguiente:

Artículo 161. Adecuación. Los titulares de licencias de los servicios y registros regulados por esta ley, que a la fecha de su sanción no reúnan o no cumplan los requisitos previstos por la misma, o las personas jurídicas que al momento de entrada en vigencia de esta ley fueran titulares de una cantidad mayor de licencias, o con una composición societaria diferente a la permitida, deberán ajustarse a las disposiciones de la presente en un plazo no mayor a un (1) año desde que la autoridad de aplicación establezca los mecanismos de transición. Vencido dicho plazo serán aplicables las medidas que al incumplimiento —en cada caso— correspondiesen.

Al solo efecto de la adecuación prevista en este artículo, se permitirá la transferencia de licencias. Será aplicable lo dispuesto por el último párrafo del artículo 41. (Infobae)